Recargo por pago con tarjeta: ¿se puede cobrar al viajero?
En resumen
No, en la mayoría de los casos. El derecho europeo prohíbe cobrar recargos en las tarjetas Visa y Mastercard de particulares y en los pagos SEPA. Francia, España e Italia van más allá: no se permite ningún recargo, sea cual sea el medio de pago, tarjetas corporativas y American Express incluidas. En cambio, una agencia puede integrar el coste del pago en su precio, u ofrecer un descuento por un medio de pago más barato.
Un viaje de 8.000 € pagado con una tarjeta corporativa cuesta más del doble de cobrar que un pago con tarjeta de débito europea. Muchas agencias tienen por eso el mismo reflejo: añadir una línea de «gastos por pago con tarjeta» al presupuesto.
En Francia, ese reflejo es ilegal. También lo es en España y en Italia, y la norma europea ya prohíbe buena parte de él. Este artículo repasa lo que dicen los textos, país por país, y lo que una agencia puede hacer en su lugar.
¿Se pueden añadir gastos de tarjeta al precio de un viaje?
No, en la mayoría de los casos que afectan a una agencia europea.
Se superponen dos niveles de normas. El derecho europeo fija una prohibición mínima. Después, cada Estado puede ir más allá, y Francia, España e Italia lo han hecho.
Recargo (surcharge)
Cobrar al cliente un suplemento ligado al medio de pago que utiliza, por ejemplo un 2 % más cuando paga con tarjeta.
¿Qué dice la norma europea?
La Directiva (UE) 2015/2366 sobre servicios de pago, conocida como PSD2, trata el tema en su artículo 62.
Su apartado 4 prohíbe aplicar gastos en dos casos:
- las tarjetas cuyas tasas de intercambio limita el Reglamento (UE) 2015/751, es decir, las tarjetas de particulares de redes como Visa y Mastercard, tanto de débito como de crédito;
- las transferencias y los adeudos SEPA en euros.
Para los demás instrumentos, el apartado 3 permite gastos, siempre que no superen los costes directos que soporta el comercio. Sobre todo, el apartado 5 permite a los Estados prohibir o limitar esos gastos.
Para las ventas a particulares se añade una segunda norma. El artículo 19 de la Directiva 2011/83/UE prohíbe cobrar gastos superiores al coste realmente soportado. La Directiva (UE) 2015/2302 sobre viajes combinados la extiende expresamente a los viajes combinados. En España, esta norma figura en el artículo 60 ter del texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios: «Los empresarios no podrán facturar a los consumidores y usuarios, por el uso de determinados medios de pago, cargos que superen el coste soportado por el empresario por el uso de tales medios.»
¿Y las tarjetas corporativas o American Express?
Es la pregunta más frecuente, porque son las tarjetas más caras de cobrar.
El Reglamento (UE) 2015/751 excluye de su límite dos categorías (artículo 1, apartado 3):
- las tarjetas comerciales, emitidas a una empresa y cuyos pagos se cargan directamente en su cuenta;
- las tarjetas emitidas por un sistema llamado «tripartito», en el que la red es a la vez emisora y adquirente. Es el modelo histórico de American Express. En cambio, una tarjeta de este tipo emitida por un banco bajo licencia se trata como una tarjeta Visa o Mastercard.
Estas tarjetas escapan por tanto a la prohibición europea. El derecho europeo permite entonces un recargo limitado al coste real. Pero eso solo vale en los países que no han prohibido todo recargo. No es el caso de Francia, ni de España, ni de Italia.
¿Qué dicen Francia, España, Italia y Portugal?
| País | Texto | Recargo en tarjeta de particular | Recargo en tarjeta corporativa o Amex |
|---|---|---|---|
| Francia | Code monétaire et financier, art. L112-12 | Prohibido | Prohibido |
| España | Real Decreto-ley 19/2018, art. 35 | Prohibido | Prohibido |
| Italia | D.Lgs. 11/2010, art. 3 | Prohibido | Prohibido |
| Portugal | Decreto-Lei 91/2018, art. 101, y Decreto-Lei 3/2010, art. 3 | Prohibido | Prohibición general prevista por el DL 3/2010 |
En Francia, el artículo L112-12 del Code monétaire et financier no deja lugar a dudas:
«Le bénéficiaire ne peut appliquer de frais pour l'utilisation d'un instrument de paiement donné.»
Es decir, en traducción nuestra: «El beneficiario no puede aplicar gastos por la utilización de un instrumento de pago determinado.»
El texto prevé excepciones por decreto. No hemos encontrado ninguno. Según el sitio oficial del servicio público francés para empresas, el recargo expone a una multa de hasta 75.000 € para un empresario individual y 375.000 € para una sociedad.
En España, el artículo 35 del Real Decreto-ley 19/2018 prohíbe exigir gastos adicionales por el uso de «cualesquiera instrumentos de pago», es decir, de cualquier instrumento de pago. Su apartado 3 lo dice así:
«Los beneficiarios de las operaciones de pago no podrán exigir al ordenante el pago de gastos o cuotas adicionales por la utilización de cualesquiera instrumentos de pago.»
En Italia, el artículo 3 del D.Lgs. 11/2010 prohíbe al beneficiario aplicar al pagador gastos ligados al uso de los instrumentos de pago, sin distinguir entre tarjetas.
En Portugal, el artículo 101 del Decreto-Lei 91/2018 recoge la prohibición europea y remite al Decreto-Lei 3/2010, que prohíbe exigir cualquier recargo por el uso de un instrumento de pago. No hemos encontrado una posición oficial sobre las tarjetas corporativas: pide confirmación a tu asesor antes de aplicar un recargo.
¿Se puede ofrecer un descuento por un pago más barato?
Sí. Es la alternativa que prevén los propios textos.
El artículo 62 de la PSD2 permite al comercio ofrecer un descuento u orientar al cliente hacia un instrumento de pago determinado. En Francia, el artículo L112-12 también lo admite, con una condición: informar al pagador del descuento antes del pago. España y Portugal prevén la misma facultad. Para Italia, no hemos encontrado una disposición expresa: compruébalo antes de aplicarlo.
En la práctica, una agencia puede mostrar un precio único y luego ofrecer unas decenas de euros de descuento a un viajero que paga su saldo con adeudo SEPA en lugar de con tarjeta. El viajero sigue eligiendo. La agencia recupera una parte de la diferencia de comisiones.
Lo que está permitido y lo que no
- Añadir «2 % de gastos de tarjeta» al presupuesto
Prohibido en Francia, España e Italia, sea cual sea la tarjeta.
- Precio único que integra el coste medio de los pagos
Permitido: el precio es el mismo sea cual sea el medio de pago.
- Descuento anunciado por pagar con adeudo SEPA
Permitido por la PSD2 y, en Francia, siempre que se informe al viajero antes del pago.
¿Cómo integrar el coste del pago en tus precios?
Tratándolo como cualquier otro coste del viaje: lo estimas y luego lo repartes en el precio de venta.
La diferencia entre tarjetas es real. Las tarjetas de débito europeas son las más baratas. Las tarjetas corporativas, American Express y las tarjetas emitidas fuera de Europa son bastante más caras. El adeudo SEPA cuesta todavía menos que una tarjeta de débito.
| Medio de pago | 3.000 € | 8.000 € |
|---|---|---|
| Visa / Mastercard · DébitoEuropa (EEE) · 1,19 % | 36,00 € | 95,50 € |
| Visa / Mastercard · CréditoEuropa (EEE) · 1,39 % | 42,00 € | 111,50 € |
| Visa / Mastercard · CorporateEuropa (EEE) · 2,79 % | 84,00 € | 223,50 € |
| Visa / Mastercard · DébitoFuera de Europa · 3,29 % | 99,00 € | 263,50 € |
| American Express · Personal y CorporateEuropa (EEE) · 3,49 % | 105,00 € | 279,50 € |
| Adeudo SEPA0,3 % | 9,30 € | 24,30 € |
| Diferencia entre la tarjeta europea más barata y el adeudo SEPA | 26,70 € | 71,20 € |
Tarifas vigentes en la fecha de publicación. Para las condiciones actualizadas, consulta la Tarificación.
Para fijar un margen, lo más sencillo es partir de tu propio historial: la proporción de pagos con tarjeta, la de tarjetas corporativas y el importe medio. Una agencia que vende sobre todo a particulares europeos no tiene el mismo coste medio que una DMC que cobra a empresas extranjeras. La tarifa completa está en la página de Precios.
La elección entre tarjeta y SEPA según el importe se detalla en nuestra comparativa Tarjeta o SEPA para viajes.
¿Va a cambiar la norma?
Está en proceso de adopción un reglamento europeo sobre servicios de pago, destinado a sustituir una parte de la PSD2. El texto de compromiso publicado por el Consejo en abril de 2026 mantiene la misma lógica para las tarjetas. Extiende la prohibición a todas las transferencias, incluidas las inmediatas, y a todos los adeudos en la Unión, no solo a los denominados en euros.
En octubre de 2026, este reglamento aún no se había publicado en el Diario Oficial. Solo se aplicaría unos 21 meses después de su entrada en vigor. Para una agencia en Francia, España o Italia, no cambia nada la respuesta: el recargo ya está prohibido.
¿Cómo gestiona Ezus Pay las comisiones?
El viajero paga exactamente el importe que le pide la agencia. Ezus Pay no añade ningún recargo en la página de pago, sea cual sea el medio elegido.
La comisión se descuenta del abono a la agencia. Depende de la tarjeta realmente utilizada: red, tipo de tarjeta y zona de emisión. Por eso el importe definitivo solo se conoce en el momento del pago.
Para estimar este coste por adelantado, el formulario de creación de un enlace de pago incluye un simulador. La agencia elige un medio de pago y un tipo de tarjeta, y ve las comisiones y el importe neto antes de enviar el enlace.
Visa / Mastercard
| Tipo de tarjeta | Europa (EEE) | Reino Unido | Fuera de Europa |
|---|---|---|---|
| Débito | 1,19 % | 2,49 % | 3,29 % |
| Crédito | 1,39 % | 2,79 % | 3,89 % |
| Corporate | 2,79 % | 3,49 % | 4,09 % |
American Express
| Tipo de tarjeta | Europa (EEE) | Fuera de Europa |
|---|---|---|
| Personal y Corporate | 3,49 % | 4,19 % |
Adeudo SEPA
Por adeudo
Costes adicionales
Tarifas vigentes en la fecha de publicación. Para las condiciones actualizadas, consulta la Tarificación.
Para profundizar, nuestra guía del pago online para agencias de viajes presenta todos los medios de pago. El funcionamiento del enlace de pago se detalla en un artículo propio.
Ezus Pay es la solución de pago diseñada para agencias de viajes, DMC y turoperadores. Permite cobrar con tarjeta o adeudo SEPA y seguir cada pago en el expediente correcto, con o sin Ezus.